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Si se cuentan todas las categorías migratorias, en mayo entraron al país 39.150 venezolanos, cifra que llegó a 8.861 en agosto, cuando salieron 8.300 personas del país. Desde el Gobierno apuntan al aporte de la entrada en vigencia de la visa consular, mientras que algunas organizaciones cuestionan la cifras y aseguran que aumentó el ingreso irregular.
 
Por Comunicaciones FASIC
 
Según informa Cooperativa, durante agosto se registró un flujo negativo de turistas de esta nacionalidad, con el ingreso de 1.147 turistas y la salida de 3.105 personas, contrastando con los 24.600 que habían llegado al país en junio.
 
Si se cuentan todas las categorías migratorias, en mayo entraron al país 39.150 venezolanos, cifra que llegó a 8.861 en agosto, cuando salieron 8.300 personas del país.
 
El jefe del Departamento de Extranjería y Migración, Alvaro Bellolio, explicó que “los flujos migratorios de julio y agosto, tanto de ingresos generales como de ingresos como turista, demuestran exactamente el objetivo que buscaba el Gobierno: que los ciudadanos venezolanos que quisieran venir al país, sinceraran sus razones y vienen ya con visa, facilitando justamente su inclusión en el país y que no entraban como turistas con dificultades para obtener su información”.
 
“Si nosotros miramos los datos, han disminuido un 80 por ciento los ingresos de ciudadanos venezolanos al país. Todos los ciudadanos venezolanos que están entrando entran justamente con su visa al día”, agregó Bellolio.
 
Pablo Valenzuela, investigador de Espacio Público, dijo que "todas las evidencias, tanto global como nacional, indican que cuando se ponen restricciones que no tienen que ver con las trayectorias migratorias reales, como en el caso de Chile, que han sido estas visas consulares, lo que aumenta es el ingreso clandestino".
 
"Hay cifras de PDI que lo respaldan: la migración no se detiene con trámites artificiosos puestos de un día para otro", añadió.
 
Sin embargo, desde el Gobierno discreparon con esta afirmación y dijeron que en agosto se registraron solo siete ingresos clandestinos en flagrancia de ciudadanos venezolanos.

       
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Fuente: INDH

Durante las últimas semanas, las Cortes de Apelaciones de Arica, Iquique y Antofagasta acogieron tres recursos de protección -dos en la capital de la XV Región, uno en la de la II y otro en la capital de la III Región- interpuestos por el Instituto Nacional de Derechos Humanos en favor de 95 personas extranjeras, que según sus relatos ingresaron a Chile huyendo de sus países de origen y/o residencia habitual en busca de asilo.

Las acciones legales presentadas ante las Cortes de Apelaciones de las capitales regionales señaladas, fueron acogidas en primera instancia, ordenando a las Gobernaciones respectivas que se formalizaran las solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiadas/os.

Asimismo las sentencias sostienen que se vulneró su derecho constitucional a la igualdad ante la ley, pues las gobernaciones debieron acceder a tramitar las solicitudes.

Las y los solicitantes provienen de Venezuela, Cuba, Colombia y Sierra Leona, se presentaron personalmente ante los Departamentos de Extranjería y Migración, intentando en más de una oportunidad -presencialmente, y de forma verbal y escrita- formalizar sus solicitudes de asilo, lo cual no fue posible, ya que al ser entrevistados preliminarmente por funcionarios de las Gobernaciones, se les comunicó de manera verbal que sus casos no calificaban para ingresar al procedimiento de determinación de la condición de refugiada/o.

Esta práctica de “preadmisibilidad” no se encuentra contemplada en la Ley 20.430 que Establece disposiciones sobre protección de refugiados, ni en su reglamento, y al ser ejercida por los funcionarios de los organismos recurridos, obstaculizó de manera ilegal y arbitraria el ejercicio del derecho a buscar asilo.

Las/os solicitantes señalan que han escapado de sus países, ya sea por la existencia de temores fundados de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, por pertenecer a un determinado grupo social (por ejemplo diversidades sexuales), por opiniones políticas, o porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por la violencia generalizada que existe en sus países.

Entre estas últimas se encuentran los conflictos políticos internos, la violación masiva de los derechos humanos, u otras circunstancias que han perturbado gravemente el orden público en sus naciones.

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