El trabajo en conjunto con la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) nos ha permitido entregar una serie de ayudas a estas familias afectadas por la emergencia sanitaria.
Read More →
por Comunicaciones FASIC
Read More →
Organizaciones de la sociedad civil que trabajan la temática de la migración y el refugio en la región de Tarapacá, constituyeron una red para impulsar la reflexión sobre la situación de migrantes y refugiados, pero también para mejorar su atención y acompañamiento desde el trabajo en conjunto.
La Red se constituyó a mediados de abril de este año en una reunión a la que asistieron representantes de Fundación Madre Josefa, el Centro Abierto Marillac, la Pastoral de Migraciones Delegación INCAMI y, la Fundación de Ayuda Social de las Iglesias Cristianas FASIC.
“Lo más relevante es que frente al escenario actual se ha hecho necesario el trabajo en red, las personas han debido enfrentar diversas dificultades para regularizar su situación migratoria y para tener acceso al refugio. Por esto es necesario tener espacios de reflexión y coordinar las respuestas de apoyo a las personas recién llegadas a la ciudad de Iquique”, ilustró Carolina Amache, representante de FASIC Iquique, quien fue designada como coordinadora de la Red.
MIGRACIÓN Y REFUGIO EN IQUIQUE
Según cifras del Instituto Nacional de Estadísticas INE dadas a conocer a finales del año 2018, Tarapacá concentra el 5,9 por ciento de la población inmigrante total que hay en Chile, con 43.646 personas que registradas en el Censo de 2017. Con esto, se ubica como una de las cuatro regiones con mayor cantidad de inmigrantes en el país, ya que junto a la Metropolitana, Antofagasta y la de Valparaíso concentran el 85 por ciento.
Además, el año pasado, esta región fue la segunda con mayor inscripción de migrantes en el proceso extraordinario de regularización impulsado por el actual gobierno, sumando alrededor de 13 mil extranjeros inscritos en 90 días.
Actualmente, en Iquique la migración llega principalmente desde Cuba, Colombia y Venezuela, siendo el mayor problema la situación de personas que no logran formalizar su solicitud de refugio y, por lo tanto, no pueden acceder al procedimiento que les permite ser reconocidos como refugiados. Esto, afecta principalmente a migrantes cubanos, ya que ingresan de manera irregular a Chile y; a familias venezolanas que viajan sin documentación.
En este contexto, la Red recién formada, proyecta trabajar éstas o otras problemáticas que aquejan a migrantes, solicitantes de refugio y refugiados en Iquique, Alto Hospicio y otras localidades de la región, para lo cual se encuentran durante el mes de mayo trabajando en la elaboración de un plan de acción que será implementado durante el año.
Para contactarte con FASIC Iquique puedes escribir al correo-e: refugioiquique@fasic.org
Fuente: INDH
Read More →
Durante las últimas semanas, las Cortes de Apelaciones de Arica, Iquique y Antofagasta acogieron tres recursos de protección -dos en la capital de la XV Región, uno en la de la II y otro en la capital de la III Región- interpuestos por el Instituto Nacional de Derechos Humanos en favor de 95 personas extranjeras, que según sus relatos ingresaron a Chile huyendo de sus países de origen y/o residencia habitual en busca de asilo.
Las acciones legales presentadas ante las Cortes de Apelaciones de las capitales regionales señaladas, fueron acogidas en primera instancia, ordenando a las Gobernaciones respectivas que se formalizaran las solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiadas/os.
Asimismo las sentencias sostienen que se vulneró su derecho constitucional a la igualdad ante la ley, pues las gobernaciones debieron acceder a tramitar las solicitudes.
Las y los solicitantes provienen de Venezuela, Cuba, Colombia y Sierra Leona, se presentaron personalmente ante los Departamentos de Extranjería y Migración, intentando en más de una oportunidad -presencialmente, y de forma verbal y escrita- formalizar sus solicitudes de asilo, lo cual no fue posible, ya que al ser entrevistados preliminarmente por funcionarios de las Gobernaciones, se les comunicó de manera verbal que sus casos no calificaban para ingresar al procedimiento de determinación de la condición de refugiada/o.
Esta práctica de “preadmisibilidad” no se encuentra contemplada en la Ley 20.430 que Establece disposiciones sobre protección de refugiados, ni en su reglamento, y al ser ejercida por los funcionarios de los organismos recurridos, obstaculizó de manera ilegal y arbitraria el ejercicio del derecho a buscar asilo.
Las/os solicitantes señalan que han escapado de sus países, ya sea por la existencia de temores fundados de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, por pertenecer a un determinado grupo social (por ejemplo diversidades sexuales), por opiniones políticas, o porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por la violencia generalizada que existe en sus países.
Entre estas últimas se encuentran los conflictos políticos internos, la violación masiva de los derechos humanos, u otras circunstancias que han perturbado gravemente el orden público en sus naciones.