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El Servel confirmó este lunes que más de 348 mil extranjeros residentes en Chile podrán sufragar el 26 de abril.
 
Por Comunicaciones FASIC
 
Un 68 por ciento de los extranjeros encuestados por el Centro Nacional de Estudios Migratorios de la Universidad de Talca dijo que, de poder votar en el plebiscito del 26 de abril, aprobaría cambiar la Constitución.
 
El estudio "Inmigrantes y conflicto social en Chile" se formó con la opinión de 623 personas que llevan más de seis meses viviendo en el país, en su mayoría ciudadanos venezolanos, peruanos, colombianos y haitianos que residen en la Región Metropolitana.
 
Un 47% manifestó estar a favor del movimiento social, y además, el 92% piensa que se han cometido violaciones a los Derechos Humanos. Sobre las demandas, gran parte de los entrevistados manifestó que salud con un 87 %, Pensiones con un 46 %, educación con 45 % y pobreza con un 44 % son las más relevantes, coincidiendo con las de los chilenos.
 
En cuanto a la respuesta del Gobierno, los extranjeros residentes en Chile consultados en esta encuesta creen en un 47 % que el Ejecutivo ha sido lento para dar soluciones y en un 41 % siente que no se ha reaccionado para dar soluciones.
 
Asimismo, la mayoría, un 77%, consideró que las movilizaciones y protestas se han llevado a cabo de manera violenta y el 18% las considera pacíficas. Ante la consulta si ha participado en alguna forma de protesta para apoyar al movimiento, la respuesta fue positiva en  el 27,3%.
 
Respecto a una eventual participación en el plebiscito, el 66 por ciento pidió ser considerado, opción que se impuso antes de que el Servicio Electoral confirmara que 348.040 extranjeros residentes en el país podrán sufragar.

       
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Hoy la Coordinadora Nacional de Inmigrantes presentó un recurso ante el Servicio Electoral para ser incluidos en el padrón electoral del plebiscito.
 
Por Comunicacions FASIC
 
Este domingo se llevó a cabo una nueva Asamblea Migrante, organizada por la Coordinadora Nacional de Inmigrantes, que convocó al menos a cien personas en la calle Catedral, y en donde se tomaron importantes decisiones de la colectividad de cara a la contingencia nacional.
 
El acuerdo anunciado por el dirigente de la organización, Rodolfo Noriega, tiene que ver con la realización de una marcha cuyo objetivo tendrá que ver con tres reclamos puntuales de las personas extranjeras en Chile.
 
El primero de ellos, tiene que ver con los abusos denunciados en reiteradas oportunidades en contra del Departamento de Extranjería.
 
Durante la semana pasada, dicha institución anunció la entrega de un documento para todos los solicitantes de permanencia definitiva, que certificará la acogida de sus documentos a trámite en un tiempo récord. Sin embargo, la comunidad migrante espera que el beneficio sea extendido a otras solicitudes.
 
A esto, además, se suma el pedido por la participación migrante en el proceso constituyente, primero en el plebiscito anunciado para este 26 de marzo.
 
El dirigente de la Coordinadora Nacional de Inmigrantes, Héctor Pujols, describió cuales serán las acciones que se tomarán respecto de la exclusión de 350 mil extranjeros de este proceso.
 
“Es una situación bien preocupante porque algo que reconoce la constitución es que los extranjeros que residen más de cinco años en el país pueden ejercer el derecho a voto, y se nos estaría negando la participación en un proceso tan importante. La decisión que hemos tomado es presentar un recurso ante el Servel apelando a ese padrón y esperando que pueda ser acogido”, explicó.
 
La actual Carta Magna detalla en su artículo que “los extranjeros avecindados en Chile por más de cinco años, y que cumplan con los requisitos señalados en el inciso primero del artículo 13, podrán ejercer el derecho de sufragio en los casos y formas que determine la ley”. Estos requisitos mencionados en el artículo 13 considera como “ciudadanos” a los chilenos que hayan cumplido dieciocho años de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva. Además, esta calidad “otorga los derechos de sufragio, de optar a cargos de elección popular y los demás que la Constitución o la ley confieran”.
 
La Coordinadora insistirá en la realización de un nuevo proceso de regularización, ante la creciente recepción de casos por irregularidades en último proceso.
 
La marcha anunciada se realizará en dos semanas más.
       
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La última cifra disponible, a octubre de 2019, es de 1,6 millones de inmigrantes. Según expertos, a Colombia ha llegado el 18,46% de la población de Venezuela.
 
La ola migratoria venezolana ha sido un desafío para toda América Latina, pero en particular para Colombia, que este año ya podría llegar a la cifra de dos millones de venezolanos residiendo en el país.
 
Así lo expresa el diario colombiano El Tiempo, al tomar en cuenta la última cifra de migración disponible para octubre de 2019. Según los datos de Migración Colombia, al 31 de octubre de 2019 estaban radicados en ese país 1.630.093 venezolanos, un crecimiento cercano al 50%, si se considera la cifra de diciembre de 2018, de 1.174.743.
 
Así, los expertos sugieren que sobrepasar los dos millones en 2020 es una posibilidad cercana. De hecho, se cree que la cifra a octubre de 2019 podría ser mayor: “Esa cifra tiene una distorsión particularmente, porque durante el período que va desde el 22 de febrero y el 14 de junio los pasos fronterizos por el lado venezolano estuvieron cerrados, lo que llevó a que muchos ciudadanos venezolanos tuvieran que pasar por otros lugares. Gran parte del año pasado no tuvimos un registro efectivo de la migración”, indica a La Tercera Ronal Rodríguez, investigador del Observatorio de Venezuela de la Universidad del Rosario de Colombia.
 
El especialista asegura que al sumar los migrantes radicados en Colombia y los migrantes pendulares -aquellos que viven en Venezuela pero pasan a Cúcuta a comprar y luego regresan- “Colombia se está haciendo cargo del 18,46% de la población venezolana. Eso genera una distorsión en las dinámicas colombianas, y genera unas presiones sociales en las grandes ciudades”.
 
Por ejemplo, en Bogotá hay radicados 327.635 venezolanos, un 20% del total. Cúcuta, ciudad que tiene el principal paso fronterizo entre ambos países, alberga a 92,864, mientras en Medellín viven 78.622.
 
La última cifra revelada por la institución migratoria de Colombia también revela otro fenómeno. Por primera vez en cinco años el número de migrantes en condición irregular (911.714) es superior a la cifra de quienes mantienen sus papeles en regla (719.189). En 2018 la cifra de migrantes en situación irregular era de 665.665.
 
El gerente nacional de Frontera con Venezuela, Felipe Muñoz, explicó al diario El Espectador que la cifra de migrantes irregulares se debe a cuestiones administrativas. El gobierno implementará durante enero tres nuevos programas para regularizar a más migrantes, con lo que en enero ese número se debiera reducir, según sostiene Muñoz.
 
Entre esas tres medidas se contempla un permiso de formalización que ya viene trabajando Migración Colombia junto con el Ministerio del Trabajo para quienes tengan una oferta de trabajo y obtengan autorización; un nuevo Permiso Especial de Permanencia (PEP) para quienes hayan entrado con pasaporte hasta noviembre de 2019; y un registro estudiantil para los más de 210.000 niños migrantes.
 
De todas formas, la ola migratoria solo parece ir en aumento. Ronal Rodríguez asegura que “el gobierno se ha quedado corto a la hora de la respuesta”. Para el experto, la estrategia de la administración del Presidente Iván Duque “se ha quedado en lo temporal, en expedir permisos de permanencia temporales, que han generado una falsa ilusión”.
 
Según indica El Tiempo, la situación migratoria de los venezolanos es preocupante para el gobierno, y por ello se espera que sea uno de los principales temas que Iván Duque plantee en su viaje a Davos, Suiza.
 
“Si no se genera política pública para la atención de la migración venezolana, no se va a poder enfrentar el reto que tiene por delante el Estado colombiano”, concluye el diario.
 
Fuente: Diario La Tercera
       
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La violencia sexual y los estereotipos son los grandes escollos que las mujeres deben afrontar en los procesos de migración, según declaraciones de expertos que particiaparon del XII Foro Global sobre Migración y Desarrollo (FGMD) de la Organización de las Naciones Unidas que se inauguró hoy en Quito.
 
En el marco del foro se desarrolló el panel "Prevención y respuestas a los ataques de género contra migrantes", en el que se habló sobre la tolerancia, los miedos y la xenofobia.
 
"La narrativa es muy negativa, muy estrecha, en donde se le acusa a la mujer migrante como un estorbo", dijo la directora de ONU Mujeres para América Latina y el Caribe, la uruguaya María-Noel Baeza, que participa en el encuentro en la capital ecuatoriana.
 
"Solo el 3,6 % de gente está en movilidad humana en el mundo" y aunque "es muy poco con relación al total de la población", es "sumamente vulnerable", sostuvo Baeza.
 
En ese sentido, expertos que participaron en el mencionado panel pidieron poner los derechos humanos en el centro de la agenda de discusión pública y adoptar una agenda sobre migración, con especial atención al caso de mujeres y niñas.
 
En tanto, en el panel "Buscando un punto medio: defendiendo las narrativas públicas sobre migración", expertos de la región coincidieron en la responsabilidad de los medios de comunicación para cambiar la mirada en torno a la movilidad humana.
 
Asimismo, en la necesidad de no explicar la migración a través de números fríos sino de contar historias que despierten empatía.
 
Un fenómeno que debe empezar en casa y se debe reflejar también en las redes sociales gracias a las cuales se "democratizó" la información, pero también la desinformación, según los panelistas.
 
Por otra parte, para la directora regional de ONU Mujeres, señaló que se debe ponderar lo que representa la mujer para apoyar la economía, asunto con el que coincidieron otros panelistas, que criticaron el estereotipo por el cual se le ve a la migrante "sólo como trabajadora doméstica".
 
Si una mujer tiene la opción de dejar sus hijos al cuidado de otra persona, calificada y confiable, puede salir a trabajar y aportar a la economía del país, coincidieron los expertos.
 
Se trata -dijo Baeza- de una industria que se desarrolla con buen viento en Uruguay, que en la mayoría de naciones es "muy informal, no está regulada", pero que otros, como Argentina, México, Colombia, Panamá, Chile, Paraguay, han comenzando a estudiarla de cerca.
 
FUENTE: Diario la Provincia (Argentina)
       
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Por Comunicaciones FASIC
 
FASIC y organismos de la sociedad civil se reunieron con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, quienes están trabajando en un acabado informe sobre la situación de miles de personas migrantes que viven en nuestro país.
       
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Según datos del Departamento de Extranjería y Migración, la solicitud de visa por motivos laborales cayó en un 85% el año pasado en comparación a 2018.
 
Por Comunicaciones FASIC
 
De acuerdo a las cifras entregadas, en enero de 2019 cerca de 26 mil solicitaron esta visa, pero en noviembre fueron 17 mil. Sin embargo, se han consolidado las solicitudes de residencia definitiva. “Por primera vez, si contamos las permanencias definitivas que están esperando ser ingresadas, tenemos más solicitudes de permanencia definitiva que nuevas visas”, señaló el jefe del Departamento de Extranjería y Migración, Álvaro Bellolio y agregó que “el cambio que hemos visto con respecto a 2018 es que en este último trimestre han disminuido considerablemente esta visa con foco laboral”.
 
Según Bellolio, para ver efectivamente el reflejo en la visa, necesitamos al menos un trimestre más”, añadió. Sin embargo, mencionó que al analizar los flujos entregados por la Policía de Investigaciones, “sí vemos que fue una disminución en septiembre, octubre y noviembre. Hay una baja relevante en los últimos tres meses con respecto a lo que había desde 2015”.
 
Además, Bellolio reconoció que hicieron algunos cambios por los derechos de los migrantes, indicando que “hoy las medidas están enfocadas en que las visas se pidan de forma consular, los procesos puedan ser digitales (…) Sincerar las opciones, ya que pueden entrar a Chile desde el día uno con carnet y visa. Eso mejora su inserción y el respeto a sus derechos”.
 
“Encontramos en los últimos dos años cerca de 45 mil contratos falsos”, reconoció. Ante esto, aseguró los empleadores se exponen a mayores multas y los trabajadores a que les rechacen la visa.

       
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Los amparados llegaron al país escapando de persecución política.
 
En fallo dividido, la Corte Suprema revocó el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que acogió recurso de amparo deducido por ciudadanos cubanos en contra de Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Los amparados señalan que son integrantes del mismo grupo familiar, quienes se desempeñaban en Cuba dentro de cargos de responsabilidad y como profesionales. Por razones de persecución política, se vieron en la necesidad de abandonar su país natal de forma súbita e intempestiva, debiendo arribar por dichas razones a esta república, buscado preservar y proteger su derecho a la vida, ya que el régimen impuesto en su país y las constantes amenazas de las cuales fueron víctimas en su momento los obligó a huir. Refieren que finalmente ingresan a Chile el 11 de marzo de 2019, y en condiciones extremas de agotamiento, se dirigieron inmediata y directamente a la policía chilena para informar su situación, de la misma manera que lo hicieron en Brasil, Perú y en donde estuvieron antes, ellos los condujeron a la PDI de Arica en donde se les entregó un documento como constancia de que por propia voluntad se entregaban y solicitaban sean acogidos y reconocidos como Refugiados en este país, aplicando a lo establecido por los acuerdos Internacionales que Chile actualmente acoge y dada las situaciones antes expuestas. Posteriormente se trasladaron de Arica a la ciudad Santiago, en donde se dirigieron de forma inmediata nuevamente al departamento de Migración de Santiago; allí se les entregó una cita para día 16 de agosto del presente año, no se hizo recepción de su solicitud de refugio, no se les permitió ser escuchados, y desde ese momento se les ha tenido a los amparados de oficina en oficina, en donde no se les ha permito siquiera exponer su condición y el peligro por su vida, llevan ocho meses en esa situación, desmejorando día a día sus condiciones de vida ya que actualmente no tienen posibilidad de ejercer su profesión y viven de trabajos informales, soportando privaciones y vulneraciones de derechos, todas por la falta de aplicación y atención a los derechos que constitucionalmente tiene cualquier habitante.
 
El recurrente señala que los actores concurren al Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública con fecha 19 de marzo de 2019, requiriendo información respecto de los trámites que deben realizar los extranjeros para regularizar su situación migratoria en Chile, al no contar con ingreso al territorio nacional por paso fronterizo habilitado y habiendo sido denunciados por ello, motivo por el cual el funcionario competente, extiende citación a los extranjeros para el día 16 de agosto de 2019, para así poder aclarar su situación migratoria con mayor detalle. En ese contexto, los extranjeros acuden el día 16 de agosto de 2019 para recibir orientación respecto de su situación migratoria, oportunidad en que se les comunicó respecto de la imposibilidad de formalizar solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiados de los extranjeros que se encontraren con expulsiones vigentes.
 
En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso, concluyendo que los amparados al inicio del procedimiento solicitaron que se le reconociera la calidad de refugiado, lo cierto es que dicha solicitud no se puso a disposición en el más breve plazo, como dispone la ley, en conocimiento de la Secretaría Técnica de la Comisión de Reconocimiento de la Condición de refugiado; sino que, por el contrario, se ha retardado la tramitación oportuna a dicho requerimiento, omitiéndose las actuaciones tendientes a dar curso a dicha solicitud. Y porque la norma contenida en el artículo 32 inciso 3° de la Ley N° 20.430, sobre protección de refugiados, regula precisamente la situación que afecta al actor, no constituyendo la expulsión un impedimento para substanciar la solicitud que por esta vía se requiere. Que al obrarse de esta manera anterior, y al no darse cumplimiento de la norma legal expresada, se configura una amenaza seria al derecho a la libertad personal dado que, al no admitirse a tramitación las solicitudes de refugio, los amparados quedan expuestos a su expulsión del territorio nacional.
 
Por su parte, el Máximo Tribunal revocó el fallo, señalando que la materia objeto del recurso de amparo en estudio no es de aquellas que se encuentran contempladas en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, en cuanto no se divisa afectación ni a la libertad personal ni a la seguridad individual respecto de quien se acciona. Acordada con el voto en contra del Ministro Dahm, quien estuvo por confirmar la sentencia apelada, al apreciar un obrar de la Administración contrario al principio de probidad que rige la función pública, pues se difiere la recepción de la solicitud de refugio de los amparados desde a marzo a agosto del presente año, para en el intertanto decretar su expulsión por ingreso clandestino, motivo que luego se invoca en agosto para no dar lugar a la tramitación de esa.

 
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Por Comunicaciones FASIC
 
Esta mañana se llevó a cabo la Mesa Regional Intersectorial de trata de personas, liderada por el seremi de Justicia, con la finalidad de informar sobre este delito que afecta tanto a ciudadanos chilenos como extranjeros para fines de explotación laboral y sexual.
 
La actividad consistió en una capacitación a los funcionarios que laboran en el paso fronterizo Los Libertadores, centrada en sensibilizar y entregar herramientas para la pesquisa de este delito, y de las estrategias y procedimientos de derivación pertinentes, considerando que la mayoría de las víctimas accede al país por pasos habilitados, atraídos por ofertas de trabajo falsas, promesas de éxito u otros engaños y delitos.
 
Al respecto el seremi José Tomás Bartolucci, se refirió a la importancia de la actividad organizada debido a que a través de ella se logra coordinar regionalmente el trabajo entre los diferentes servicios que laboran en torno a la trata, y recordó que este “es un delito que está tipificado en nuestro código penal que afecta a millones de personas en todo el mundo y que está presente, también, en nuestro país”.
 
En tanto la coordinadora del programa de apoyo a víctimas de la Subsecretaría de Prevención del Delito, Daniela Madsen, señaló la importancia de visibilizar el delito dando a conocer “la caracterización de las víctimas, indicadores, pero también, damos cuenta, a través de la Mesa Intersectorial sobre Trata de Personas, la existencia de un protocolo intersectorial de atención a las víctimas donde el Estado chileno se hace responsable de la entrega de prestaciones en el ámbito de salud, regularización migratoria, prestaciones jurídicas, reinserción social laboral y educacional, y retorno asistido y protegido”.
 
Por su parte, la secretaria ejecutiva de la Mesa Intersectorial, Fabiola Cifuentes, señaló que la prevención “es fundamental para poder llevar este tema a los funcionarios públicos que tienen un primer acercamiento a los migrantes que ingresan al país, y para nosotros es fundamental que la puerta de entrada a nuestro país, que es el paso fronterizo de Los Libertadores, pueda ser realmente un espacio de protección, de información y que nos permita dar seguridad frente a un delito tan grave, una violación a los derechos humanos, como la trata de personas”.
 
Finalmente, la seremi de la Mujer y Equidad de Género, Valentina Stagno, resaltó la importancia de “poner en valor que, tanto la trata de personas como la violencia de género son vulneraciones y atentados muy graves en contra de los Derechos Humanos”.

       
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Por Comunicaciones FASIC
 
FASIC adhiere al pronunciamiento del Grupo Articulador Regional del Plan de Acción de Brasil (GARPAB) que hizo un llamado a detener la represión contra la caravana de personas migrantes que ha salido de Honduras, a respetar sus Derechos Humanos y a garantizar su protección y asistencia.
 
 
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La Corte de Santiago señaló que, el proceder del recurrido importa una discriminación en contra de los recurrentes en relación con el trato dispensado a otros extranjeros.
 
En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que acogió la acción de protección interpuesta por tres ciudadanos cubanos en contra del Jefe del Departamento de Extranjería por la negativa a la recepción de solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado de los recurrentes.
 
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Jefe del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio de Interior y Seguridad Pública por la negativa a la recepción de solicitud de refugio con sus antecedentes y el envío de los mismos a la Comisión de Reconocimiento de la Condición de Refugiado. 
 
Los recurrentes estimaron vulneradas su garantía constitucional del artículo 19 de la Constitución numeral 2.
 
En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Santiago indicó, en síntesis que, al no haber el Departamento de Extranjería y Migración formalizado de inmediato la solicitud que ante ella se presentó, incurrió en un comportamiento no sólo ilegal al desdeñar el derecho que le confirió al recurrente la Ley N° 20.430, en cuanto someter en el más breve plazo al conocimiento de la autoridad pertinente su requerimiento de reconocerle la calidad de refugiado, sino también arbitrario, al encontrarse desprovisto de fundamentos que le sirvan de justificación jurídica suficiente. Este proceder importa una discriminación en su contra en relación con el trato dispensado a otros extranjeros que, en situación jurídica equivalente, habían podido tramitar regularmente –al menos, hasta junio de 2018- sus solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiados. Por ende, se afectó el derecho a la igualdad ante la ley garantizado en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, por lo que se acogió la acción de protección.
 
Por su parte, el máximo Tribunal confirmó la sentencia apelada.
 
FUENTE: Diario Constitucional
 
       
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